Cada año se matriculan en España miles de vehículos de importación, ya sean procedentes del Espacio Económico Europeo, como de terceros países.
Hay que tener cierta precaución a la hora de realizar la compra ya que depende de ciertas distintas características del vehículo (como si dispone de homologación europea, país de procedencia, fecha de matriculación o nivel de emisiones) para que se tenga que matricular mediante un procedimiento u otro, o incluso no exista posibilidad de poderse matricular, sí, tal como suena, existe la posibilidad de importar algún vehículo que no tenga la posibilidad de matricularse en España.
Debería contarse con la información antes de realizar la operación, aunque la mayoría de las veces se busca una vez que ya se ha adquirido, y es cuando nos preguntamos ¿cómo homologo un vehículo de importación? A continuación vamos a ver los métodos más comunes.
Existen varios procedimientos, pero en este reportaje nos vamos a centrar en los tres más frecuentes, que son:
Que existan varios procedimientos no significa que podamos elegir cuál utilizar, ya que como hemos comentado anteriormente depende de las características del vehículo, y es importante saber cuál será el método antes de adquirir el vehículo ya que si no lo tenemos claro nos puede dejar sin beneficios o incluso con pérdidas en la operación de importación.
Lo más económico y rápido es realizar una importación de un vehículo matriculado en el EEE y que disponga de homologación de tipo CE. Hay que tener en cuenta que no se admiten reformas previa a la matriculación, por lo tanto un vehículo que tenga reformas realizadas no se podrá matricular por esta opción.
En ese caso la documentación técnica a presentar en la Estación ITV será:
Aunque todo parece sencillo, vamos a ver distintas cuestiones que nos aclaren conceptos para no equivocarnos con la compra:
Los países que componen el EEE actualmente son: Los de la Unión Europea (Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre (zona greco-chipriota), Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Alemania, Rumania y Suecia), más los siguientes países extracomunitarios: Islandia, Lichtenstein y Noruega.
¡Atención! Comprar un vehículo en alguno de estos países no nos garantiza este método de matriculación. Un problema que ocurre con cierta frecuencia es comprar un vehículo, por ejemplo matriculado en Alemania y que no tenga Homologación Europea, por tanto nos tendríamos que ir a alguno de los otros métodos o incluso, no poder matricularlo. Sí, es posible comprar un vehículo en Alemania y que no lo podamos matricular en España. A veces son vehículos que están destinados a otros mercados no Europeos y que por alguna razón están matriculados en algún país del EEE y que carecen de Homologación Europea.
Más adelante trataremos en profundidad cómo saber si un vehículo tiene Homologación Europea o no, veremos las distintas documentaciones de algunos países y estudiaremos la placa de características del fabricante.
La ficha técnica reducida o ficha reducida es un documento técnico donde se reflejan las características técnicas de un vehículo. Podrá ser emitida por el fabricante, por la autoridad de homologación de vehículos o por un servicio técnico competente en materia de homologaciones en un país del EEE o por un técnico competente tras la revisión física del vehículo.
-Ejemplo de ficha reducida-
Puede que tengamos la suerte que el vehículo que compremos tenga con su documentación un CoC (certificate of conformity) o Certificado de Conformidad. El Certificado de Conformidad es un documento expedido por el fabricante, y por el que se certifica que un vehículo pertenece a la serie del tipo homologado con arreglo a la Directiva correspondiente y que cumple todos los actos reglamentarios en el momento de su fabricación. Este documento, si es original, junto con la documentación del vehículo, será suficiente para realizar la inspección previa a la matriculación en la Estación ITV. En caso de no contar con el original se tienen dos opciones, solicitar al fabricante un documento original o conseguir una ficha reducida, aunque es bastante más económico conseguir una ficha reducida.
Anteriormente a las Homologaciones Europeas, estaban las homologaciones nacionales. Por lo tanto existen vehículos con cierta antigüedad que cuentan con una homologación nacional en el país de origen, en el caso de Alemania con una homologación ABE.
-Placa del constructor con homologación Alemana-
En muchos casos esos vehículos se homologaron con distintas contraseñas de homologación en distintos países, por lo tanto, existe una correspondencia entre la homologación (en este caso Alemana) y una homologación Española.
En estos casos, además de la ficha reducida se necesitará un certificado emitido por el fabricante o por el servicio técnico designado por la Autoridad de homologación que acredite la correspondencia del vehículo con un número de homologación española. Por lo tanto, se incrementa el presupuesto necesario para conseguir la documentación.
En ese caso la documentación técnica a presentar en la Estación ITV será:
¡Atención! No todos los vehículos con contraseñas nacionales de otros países tiene correspondencia con homologaciones Españolas, por tanto, una vez más, puede que el vehículo que compremos tengamos que tramitarlo mediante el tercer procedimiento o que no se pueda matricular.
Una homologación individual es el procedimiento por el cual se certifica que un vehículo en particular, ya sea singular o no, cumple las disposiciones administrativas y requisitos técnicos del presente real decreto, y que sólo puede ser realizada por una Autoridad de Homologación.
La Autoridad de Homologación inspeccionará y ensayará el vehículo, en caso de resultado favorable tramitará ante el Ministerio una Resolución de Homologación Individual donde se le otorgará a un vehículo en concreto una homologación.
– Resolución de Homologación Individual-
Este es el proceso de mayor coste económico y que tarda más tiempo, ya que su tramitación pasa por distintos organismos.
En ese caso la documentación técnica a presentar en la Estación ITV será:
Para tramitar la homologación individual, en general, será necesario un certificado del fabricante donde indique las emisiones o el cumplimiento de directivas parciales.
Este es el procedimiento que se suele utilizar para los vehículos industriales de importación, ya que estos vehículos, generalmente, tiene una homologación del chasis cabina pero no de vehículo completo o completado por lo tanto no se puede tramitar por ninguno de los otros métodos.
Igualmente este es el procedimiento que se deberá tramitar en el caso de que el vehículo, aunque disponga de homologación CE, tenga realizadas reformas previas a la matriculación.
¡Atención! Igualmente que en los casos anteriores y aunque es una homologación específica que se le hace al vehículo, eso no significa que todos los vehículos se puedan tramitar por homologación individual. Por ejemplo si el vehículo no cumple niveles de emisiones exigibles, no se podrá realizar una homologación individual.
¿Y si no existe viabilidad de tramitar la documentación con ninguna de las tres opciones anteriores? Habría que estudiar en particular si se pudiera tramitar por alguna otra forma, aunque las más generales, si se cumplen los distintos requisitos necesarios, sería tramitarlo mediante vehículo histórico o mediante traslado de residencia, ya que tienen distintas exenciones.
Con estos vehículos hay que tener todavía mayor precaución, ya que en estos casos se deberá cumplir con los requisitos incluidos en el Real Decreto 750/2010 derivados de los actos reglamentarios indicados en la columna de nuevas matrículas del Anexo I del Real Decreto 2028/86 en su última modificación en vigor, o lo que es lo mismo, deben cumplir con toda la normativa actual en vigor, y por tanto, es más difícil de que esa situación se dé, aunque es posible.
Es muy común la pregunta de si se puede importar un vehículo Americano, pues primero veríamos si tiene homologación europea, que seguramente no, posiblemente tampoco coincidirá con ninguna homologación nacional y también es posible que no cumpla con la normativa actual, como por ejemplo las emisiones y por tanto, finalmente, no sea viable dicha importación. Por supuesto hay casos donde es viable dicha opción, pero hay que tener la precaución de estudiar su viabilidad antes de realizar la compra, ya que existe la posibilidad de no poder matricularlo.
La forma más segura es comprobarlo sobre la placa del constructor que puede ser una placa o pegatina donde aparecen distintos datos del vehículo, como el número de bastidor, masas admisibles, homologación (en su caso), código del motor, etc.
En la siguiente placa vemos resaltada la contraseña de homologación por tanto, y si el vehículo no tiene reformas previas se podrá tramitar por el primero de los procedimientos, que como hemos dicho es el más rápido y económico.
-Placa de vehículo con homologación europea-
En este segundo caso, el vehículo no dispone de homologación europea ni del país de procedencia, por lo cual habría que ver si es viable la homologación individual o alguno de los otros métodos, por ejemplo si se ha dado un traslado de residencia.
-Placa de vehículo sin homologación europea-
En algunas ocasiones la homologación no aparece en la documentación original pero sí en la placa del constructor. En dichos casos las Estaciones ITV no suelen poner problemas, ya que hay diversos motivos por los que puede no aparecer en la documentación del país de origen (duplicado, documento emitido la transmisión del vehículo, error tipográfico, etc)
A la hora de comprar un vehículo de importación siempre es bueno entender qué dice, ya que nos puede dar indicaciones sobre la homologación, sobre si trae reformas, o cualquier otra característica técnica que nos interese, como el número de asientos, potencia, etc.
Existen unos códigos internacionales, que pasaremos a resumir, con los cuales podremos identificar las distintas características. Hay que tener en cuenta que no tienen por qué aparecer todos los códigos en las documentaciones de los distintos países, aunque los que aparezcan los entenderemos. Aquí presentaremos un resumen de los aparecen en nuestras tarjetas ITV, y que coinciden con los de la documentación de otros países.
Códigos |
Descripción |
D.1 |
Marca.- |
D.2 |
Tipo.- |
Variante.- |
|
Versión.- |
|
D.3 |
Denominación comercial del vehículo.- |
E |
Número de identificación del vehículo.- |
F.1 |
Masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) |
F.1.1 |
Masa máxima en carga técnicamente admisible en cada eje 1º/2º/3º/… |
F.2 |
Masa máxima en carga admisible del vehículo en circulación (MMA) – |
F.2.1 |
Masa máxima autorizada en cada eje 1º/2º/3º/…. |
F.4 |
Altura total.- |
F.5 |
Anchura total.- |
F.6 |
Longitud total.- |
G |
Masa en orden de marcha (MOM).- |
J |
Categoría del vehículo.- |
J.1 |
Carrocería del vehículo. |
K |
Número de homologación del vehículo de base (completo ó incompleto).- |
O.1 |
Masa remolcable con frenos. |
O.1.1 |
Barra de tracción |
O.1.2 |
Semirremolque |
O.1.3 |
Remolque eje central. |
O.1.4 |
Remolque sin frenos |
P.1 |
Cilindrada.- |
P.2 |
Potencia del motor.- |
P.3 |
Tipo de combustible o fuente de energía.- |
S.1 |
Número de plazas de asiento.- |
T |
Velocidad máxima.- |
U.1 |
Nivel sonoro en parado.- |
U.2 |
Velocidad del motor a la que se mide el nivel sonoro a vehículo parado.- |
V.7 |
Emisiones de CO2.- |
V.9 |
Nivel de emisiones.- |
La característica que más nos interesa, es el código “k” ya que nos indica la homologación del vehículo, veremos si tiene, si es europea o nacional. En caso de que no aparezca no implica que el vehículo no la tenga, ya que puede que no aparezca ahí pero sí en la placa del constructor.
¡Atención! Que no aparezca la contraseña en la homologación, en principio no debería ser problema siempre y cuando aparezca en la placa del constructor. En el caso de que aparezca en la placa del constructor y no en la documentación, en algunos casos es debido a que al vehículo se le han realizado reformas, y por tanto quitan la homologación de la casilla “k”, por tanto, si se da ese caso, hay que fijarse físicamente con mayor atención a que el vehículo no tenga ninguna reforma.
A continuación vamos a ver ejemplos de distintas documentaciones, aunque no vamos a entrar al detalle de cada uno de los campos, debido a que con la tabla anterior el lector podrá identificar la mayoría, lo que sí vamos a recalcar es dónde aparece la homologación del vehículo.
-Documentación de Alemania-
-Documentación de Francia-
-Documentación de Bélgica-
-Documentación de Holanda-
-Documentación de Italia-
¿Qué pasa si el vehículo que importo tiene un gancho de remolque? Inicialmente es una reforma, por lo cual no se podría homologar con dicho dispositivo. El Ministerio, siendo consciente del problema, emitió una circular donde indicaba que:
“En el caso de vehículos M1 (Turismos hasta 9 plazas) matriculados y procedentes de Estados Miembros del EEE que incorporaran dispositivos de acoplamiento debidamente homologados y que estén anotados en la documentación del país de origen, o se aporte un certificado emitido por el fabricante del vehículo o su representante legal, en el que figure la contraseña de homologación del dispositivo y que se indique que su montaje ha sido realizado de acuerdo a las instrucciones dadas por el fabricante del vehículo, se aceptarán dichos dispositivos sin exigir la homologación individual española.”
Por tanto, si el gancho de remolque aparece en la documentación de origen, se puede matricular con dicho dispositivo, aunque es raro que aparezca en dicha documentación. Si el fabricante emite el certificado correspondiente también, claro, si lo ha montado él.
En la práctica, cuando el gancho está incluido en la homologación del fabricante, la Estación ITV lo suele admitir y en el caso de que no esté, hay que estudiar la posibilidad de que el fabricante emita el certificado o desmontarlo.
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